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Lucha contra el fraude: Plan Anual de Control Tributario 2012

Lunes, 12 de marzo de 2012

La Agencia Tributaria ha presentado su Plan Anual de Control Tributario y Aduanero para 2012 cuyo objetivo es combatir el fraude fiscal.
El plan se centra en una serie de medidas específicas:
- Luchar contra la economía sumergida. Control de los arrendamientos de viviendas y negocios no declarados, para lo que utilizarán los consumos de electricidad de los inmuebles, facilitados por las compañías eléctricas. También se van a controlar las mercancías procedentes de Asia, tanto en su importación como en su venta al por menor. Se potenciarán las acciones inspectoras en determinadas zonas para descubrir actividades económicas no declaradas.
- Lucha contra el fraude que genera alarma social. Se perseguirá el empleo de facturas falsas, la no facturación por bienes y servicios, y los abusos de formas societarias abusivas que se emplean por parte de colectivos de profesionales, deportistas y artistas para evadir impuestos.
- Lucha contra las rentas en el exterior. La Agencia Tributaria utilizará la información relevante a efectos fiscales de residentes españoles con cuentas, o fundaciones, o entramados societarios en países de los tradicionalmente considerados como paraísos fiscales.
- Lucha contra el fraude del contrabando de tabaco. La Agencia Tributaria perseguirá el comercio de cigarrillos de contrabando. También se reforzarán las actuaciones contra la falsificación de marcas.
- Lucha contra el fraude en la recaudación. Se reforzarán los embargos preventivos de bienes y derechos para conseguir recuperar las deudas de quienes se pueden declarar insolventes sin serlo o que ocultan patrimonio.
- Coordinación con otras administraciones tributarias. Se perseguirá la planificación fiscal abusiva que pretenda beneficiarse indebidamente de las diferencias normativas, en particular con los territorios forales.
Como complemento del plan anual de control 2012 se van a desarrollar medidas normativas, aún en fase de análisis técnico, entre otras la limitación del uso de efectivo en determinadas transacciones económicas.

Retenciones de las nóminas 2012

Miércoles, 8 de febrero de 2012

Como ya comentamos en anteriores post, con la entrada en vigor del Real Decreto-ley 20/2011, de  31 de diciembre, cambian las retenciones del trabajo para 2012. Está disponible el software de la Agencia Tributaria para el cálculo de las retenciones en febrero, y un módulo para el cálculo online.
Se utilizará este programa para regularizar en los rendimientos del trabajo que se satisfagan o abonen a partir del 1 de febrero de 2012, el tipo de retención aplicado a los rendimientos satisfechos durante el mes de enero, que se habrá calculado en función de la norma anterior.
Enlace al programa de ayuda para cálculo de Retenciones 2012
Enlace al módulo de cálculo de Retenciones 2012
También les recordamos que se ha aprobado un nuevo impreso modelo 145, de comunicación de datos al pagador, para que los trabajadores informen a la empresa de su situación, y así aplicar el tipo de retención adecuado.

Retenciones en los rendimientos del trabajo 2012

Miércoles, 25 de enero de 2012

Como ya le informamos en anteriores post, el Gobierno ha aprobado para 2012 y 2013 nuevos tipos de retenciones (Real Decreto-ley 20/2011), debido a la subida de los tipos de IRPF.
Las retenciones a practicar sobre los rendimientos del trabajo correspondientes al mes de enero de 2012 se calculan según el procedimiento anterior, pero en las nóminas de febrero y del resto del  2012 ya se notarán estos cambios. Habrá que tomar en consideración la siguiente escala:

Más información: Nota informativa Agencia Tributaria

La Agencia Tributaria pone a disposición del contribuyente programas de ayuda para el cálculo de retenciones en su web www.aeat.es

La empresa debe aplicar en las nóminas de los empleados el tipo de retención que marca la norma, nunca inferior. Si el trabajador lo solicita, sí que puede aplicarse una retención superior.
Hay un supuesto en el que el trabajador puede solicitar a la empresa (mediante el modelo 145) que retenga un 2% menos. Los requisitos en general son que esté pagando su vivienda habitual, que tenga derecho a deducción por ella en su declaración de la renta, y además sus rendimientos sean inferiores a 33.007,20 € al año.

Las retenciones son un pago a cuenta del IRPF, así que solicitar un tipo de retención menor supone diferir impuestos hasta que llegue el momento de presentar la declaración de renta.

Aun así, hay contribuyentes que prefieren pagar más impuestos a cuenta durante el año, mediante un tipo de retención mayor, para no llevarse sustos con la declaración de renta.

Si quiere más información, estamos a su disposición. Le recordamos que podemos realizar una simulación de su declaración de renta y asesorarle para una adecuada planificación fiscal.