Entradas con la etiqueta ‘IVA’

Registro para la devolución mensual del IVA

Jueves, 26 de enero de 2012

Si a final de ejercicio una empresa tiene IVA a su favor, en la declaración del cuarto trimestre puede optar por solicitar la devolución a la Agencia Tributaria.

Existe también un registro de devolución mensual del IVA, en el que las empresas pueden inscribirse de forma voluntaria.
Para esto, deben cumplir los siguientes requisitos generales: estar al corriente de sus obligaciones fiscales, solicitar el alta en el registro mediante declaración censal, y no realizar actividades que tributen en régimen simplificado.
Las solicitudes de inscripción en el registro se presentarán en el mes de noviembre del año anterior a aquél en que deban surtir efectos, y la inscripción en el registro se realizará desde el 1 de enero. Las empresas inscritas en este registro de devolución mensual estarán obligadas a permanecer en él al menos durante el año para el que se solicitó la inscripción.
Las empresas inscritas en este registro de devolución mensual deberán presentar sus declaraciones de IVA mensualmente (modelo 303) y siempre por medios telemáticos. También hay que presentar el modelo 340, que es informativo y en él se recogen los libros registro de facturas emitidas y recibidas.

Esto supone una carga burocrática importante, por lo que este sistema sólo es interesante para las empresas que normalmente tienen bastante saldo de IVA a su favor, ya que les permite solicitar la devolución con carácter mensual, sin tener que esperar a final de año.

Información de la Agencia Tributaria sobre el sistema de devolución mensual

Calendario fiscal enero de 2012

Martes, 3 de enero de 2012

En el blog de Afiris queremos ir recordando cada mes las fechas más destacables de las obligaciones contables y fiscales para que no se les pase ningún plazo importante.

El mes de enero es cuando se presenta el último trimestre del año y los resúmenes correspondientes, las principales fechas son:

. Hasta el día 20 de enero hay plazo para la presentación de prestaciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, rentas de arrendamiento de inmuebles, capital mobiliario, etc correspondiente al mes de diciembre para grandes empresas y cuarto trimestre del resto de empresas.

. Hasta el día 30 de enero hay plazo para la presentación del IVA correspondiente al cuarto trimestre del 2011, o declaración mensual de diciembre (modelos 303, 311,…).

. Hasta el día 31 de enero, contamos con plazo para la presentación del resumen anual de IVA mediante el modelo 390 y las declaraciones informativas correspondientes al ejercicio 2011 de retenciones y pagos a cuenta del IRPF (180,190,193…)

La Agencia Tributaria dispone de un calendario del contribuyente, que puede consultarse en pdf aquí.

Novedades modelo 347

Lunes, 12 de diciembre de 2011

Ya ha entrado en vigor el Real Decreto 1615/2011, de 14 de noviembre, que contiene algunas novedades importantes para 2012 de las que queremos informar.

Modelo 347 (operaciones con terceras personas)

. No tendrán que presentar este modelo las empresas que presentan el modelo 340.

. Las operaciones se continuarán declarando siempre y cuando superen anualmente el importe de 3.005,06€,  esta  cifra no ha cambiado.

. Cambian los plazos de presentación, se presentará durante el mes de febrero en lugar de en marzo.

Importante: el modelo 347 correspondiente a 2011, se presenta con fecha límite el 31 de marzo de 2012 según una disposición transitoria aprobada.

. El volumen de operaciones declarado tendrá que desglosarse trimestralmente.

Esto supone que la Agencia Tributaria va a controlar mucho más las liquidaciones trimestrales de IVA, y vigilar la práctica de algunos contribuyente consistente en el traspaso de facturas de un trimestre a otro.

Modelo 340

. Se prorroga hasta el 2014 la obligación de presentar el modelo 340 para todas las empresas, es decir, los libros de facturas emitidas y recibidas. Esta medida se ha ido postergando por la carga burocrática que supone para las empresas.

Días de cortesía para no recibir notificaciones telemáticas

. Esta norma también regula la posibilidad de elegir unos días de cortesía a las empresas para no recibir notificaciones telemáticas de la Agencia Tributaria, 30 días de “vacaciones” como ya les contábamos en este post.