Entradas con la etiqueta ‘modelo 340’

Modelo 347 de 2011

Miércoles, 8 de febrero de 2012

Se acerca el plazo de presentación del modelo 347, y queremos recordar las novedades relevantes para la declaración de 2011:
. La información debe suministrarse trimestralizada. Se presentará una única declaración anual en la que la información sobre las operaciones realizadas se proporcionará desglosada trimestralmente, excepto la relativa a los importes percibidos en metálico superiores a 6.000 euros que seguirá proporcionándose de forma anual.
.Se modifica el criterio de imputación temporal de manera que las operaciones se entienden producidas en el período en el que deban anotarse en los libros registro de IVA. Se homogeneiza así el período de imputación con el modelo 340.
. El plazo de presentación es el mes de marzo. (en la declaración de 2012 cambiará al mes de febrero ).

Las declaraciones del modelo 347 correspondientes al ejercicio 2011 se presentarán durante el mes de marzo de 2012.
El importe anual de operaciones, 3.005,06 €, no ha cambiado.
Puede contactar con nuestro departamento fiscal para preparar su declaración, estamos a su disposición.

Registro para la devolución mensual del IVA

Jueves, 26 de enero de 2012

Si a final de ejercicio una empresa tiene IVA a su favor, en la declaración del cuarto trimestre puede optar por solicitar la devolución a la Agencia Tributaria.

Existe también un registro de devolución mensual del IVA, en el que las empresas pueden inscribirse de forma voluntaria.
Para esto, deben cumplir los siguientes requisitos generales: estar al corriente de sus obligaciones fiscales, solicitar el alta en el registro mediante declaración censal, y no realizar actividades que tributen en régimen simplificado.
Las solicitudes de inscripción en el registro se presentarán en el mes de noviembre del año anterior a aquél en que deban surtir efectos, y la inscripción en el registro se realizará desde el 1 de enero. Las empresas inscritas en este registro de devolución mensual estarán obligadas a permanecer en él al menos durante el año para el que se solicitó la inscripción.
Las empresas inscritas en este registro de devolución mensual deberán presentar sus declaraciones de IVA mensualmente (modelo 303) y siempre por medios telemáticos. También hay que presentar el modelo 340, que es informativo y en él se recogen los libros registro de facturas emitidas y recibidas.

Esto supone una carga burocrática importante, por lo que este sistema sólo es interesante para las empresas que normalmente tienen bastante saldo de IVA a su favor, ya que les permite solicitar la devolución con carácter mensual, sin tener que esperar a final de año.

Información de la Agencia Tributaria sobre el sistema de devolución mensual

Nuevas obligaciones para los autónomos: modelo 340

Lunes, 19 de septiembre de 2011

Ya comentamos en otro post que se ha aplazado a 2014 la entrada en vigor de la obligatoriedad de que las sociedades mercantiles envíen a Hacienda la relación de facturas incluidas en cada liquidación trimestral de IVA, mediante el modelo 340.

Pues bien, se está preparando una ley que extendería esa obligación a los autónomos, y por tanto estarían obligados a presentar ante la Agencia Tributaria con carácter trimestral, el desglose de los datos del cálculo de la declaración de IVA. Es decir, una relación con todos los datos de las facturas emitidas y recibidas: nombre y CIF del cliente o proveedor, fecha y número de factura, base imponible, tipo impositivo y cuota y total de la factura.

Actualmente, el modelo 340 sólo lo presentan las empresas que están adscritas al sistema de devolución mensual de IVA. La contabilidad debe ser informatizada y se generan ficheros a través de la plataforma de la Agencia Tributaria para presentarlos telemáticamente o en soporte informático.

Esta medida afectaría a todos los autónomos que tributan por sistema de estimación directa, en torno a la mitad del colectivo.

Lo que se pretende es luchar contra el fraude mediante el control de todas las facturas que se incluyen en las liquidaciones trimestrales, para impedir el desplazamiento de cuotas de IVA de unos trimestres a otros, la ocultación de facturas entre empresas y las facturas “a demanda” para pagar menos IVA, entre otras cuestiones.

Estamos de acuerdo con que la Agencia Tributaria vigile el fraude fiscal, pero en lugar de  simplificar la gestión contable y fiscal de los autónomos la complica considerablemente. Estas medidas aumentan la burocracia y los gastos del autónomo, que ya tiene bastante con sacar adelante su negocio en el escenario económico que estamos viviendo: dificultades para acceder al crédito, morosidad de las empresas y de la Administración, hacer frente al IVA de esas facturas no cobradas, etc.

Su entrada en vigor también sería para 2014, así que os informaremos cuando se apruebe la norma y los requisitos de su aplicación. Para cualquier duda, podéis contactar con nosotros.

Información Agencia Tributaria modelo 340 aquí.